Plan de Autoprotección

El plan de Autoprotección o de emergencia supone un ejercicio teórico de preparación por adelantado a la posible ocurrencia de un caso de emergencia y que incluye medidas para reducir las potenciales consecuencias de los desastres naturales y que debe adaptarse al diferente nivel de riesgo alcanzado. Debe recoger con claridad las recomendaciones claras de cómo se debe actuar, la distribución de responsabilidades en el operativo y los grupos de actuación que puede ser necesarios movilizar.

El modo de desarrollar este Plan es objeto de la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias, dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. En esta norma se establecen los criterios esenciales, de carácter mínimo, para la regulación de la autoprotección, para la definición de las actividades a las que obliga, y para la elaboración, implantación de material efectivo y mantenimiento de la eficacia del Plan de Autoprotección.

 

Todo Plan de Autoprotección se compone de los siguientes capítulos:

  • Identificación de los titulares y emplazamiento de la actividad.
  • Descripción detallada de la actividad.
  • Inventario, análisis y evaluación de riesgos.
  • Inventario y descripción de las medidas y medios de autoprotección.
  • Programa de mantenimiento de instalaciones.
  • Plan de actuación entre emergencias.
  • Integración del Plan de Autoprotección en otros de ámbito superior.
  • Implantación del Plan de Autoprotección.
  • Mantenimiento de la eficacia y actualización del Plan de Autoprotección.

El estudio de los riesgos naturales cobra especial relevancia en los Capítulos 3 y 4; siendo indispensable en numerosos emplazamientos y actividades en la montaña.